Descripción
Venta de terreno inmobiliario distintos usos de suelo, sector El Salto, Recoleta.
DETALLE GENERALES:
Superficie: 1.500 mt2 (25 x 60 mt)
Ancho de la calle: 20 mt (entre lineas oficiales)
Zona constructibilidad: E-M
Zona uso de suelo: U-E
Un solo dueño
CONECTIVIDAD:
Directo a Av El Salto y Av Dorsal, accediendo a pocas cuadras a Vespucio Norte y a estacion de Metro Dorsal.
USOS DE SUELOS PERMITIDOS:
1. VIVIENDA.
2. EQUIPAMIENTO de escala intercomunal, comunal y vecinal.
3. ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, según siguientes parametros:
Tipo A se restringe a calles de ancho mínimo 15 mt entre líneas oficiales.
Tipo B y C se restringe a calles de ancho mínimo 30 mt entre líneas oficiales.
Ambas con las condiciones detalladas en el Cuadro N°2 de la Ordenanza.
4. ALMACENAMIENTO, según siguientes parametros:
Tipo A y Tipo B se restringen a calles de ancho mínimo 15 mt.
Tipo C se restringe a calles de ancho mínimo 30 mt.
Ambas con las condiciones detalladas en el Cuadro N°2 de la Ordenanza.
5. TRANSPORTE, según siguientes parametros:
Tipo A, B y C, con las condiciones detalladas en el Cuadro N°10 de la Ordenanza.
CONSTRUCTIBILIDAD para Viviendas:
Superficie predial minima: 600 mt2
Coeficiente ocupación: 0,6 (continua, pareado); 0,4 (aislado)
Coeficiente constructibilidad: 1,6
Altura maxima: 7 mt (continuo, pareado); 20 mt (aislado)
Sistema de agrupamiento: Continuo, pareado, aislado
Densidad maxima: 1.200 hab/ha
NORMA ESPECIAL a la que se puede acoger:
Por estar en área E-M, se puede acoger a la norma de excepción del Art 3.3.6 según lo descrito en la Ordenanza.
ARTICULO 3.3.6:
Normas de excepción.
En los casos en que se cumpla con las condiciones detalladas a continuación, en las distintas áreas E del Plan Regulador se podrá incrementar hasta en un 40 % el coeficiente de constructibilidad máximo establecido para la respectiva Zona y la altura máxima de edificación, conforme a lo indicado en el Cuadro N°4.
Podrán acogerse a este artículo los proyectos que cumplan con las siguientes condiciones:
1. Condición de Dimensión del Predio:
a. El terreno en que se emplace el edificio deberá tener una superficie mínima de 1.200 m2 (<< el terreno tiene 1.500 mt2).
b. El terreno en que se emplace el edificio deberá enfrentar al menos una calle de ancho mínimo entre líneas oficiales de 20 mt (<< la calle tiene 20 mt2).
2. Condiciones de Edificación:
a. La parte de la edificación que exceda la altura máxima establecida para la respectiva área, deberá quedar inscrita en rasantes de 70° y respetar un distanciamiento mínimo a los divisorios de 5 mt.
3. Condiciones de la Urbanización y los Espacio Público:
a. Contemplar cesiones u obras de urbanización de acuerdo al Artículo 3.1.2 de esta Ordenanza (cesión o provisión de terreno para vialidad y áreas verdes).
b. Los edificios deberán consultar espacios libres a nivel de acera y adyacentes a ella, equivalentes al 5% de la superficie de terreno.
Honorarios de gestión de venta : 2%+IVA del valor de venta.
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